REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de Junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-00330
Visto que en fecha 27-05-13 el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, devuelve el presente asunto a este Juzgado por cuanto “…se evidencia que en la pieza principal en el folio 53 carece de la firma de la ciudadana Juez, asimismo, se observó que en el folio uno (01) del cuaderno de recaudos N° 01, carece de la firma de la Juez y de la Secretaria…”, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
Se deja constancia que se procedió a recabar la firma de la secretaria correspondiente, Abg. LISBETH MONTES, sin embargo, no es posible recabar la firma de la Juez por cuanto la misma se encuentra de reposo médico que le fue concedido por presentar un Po Artrodesis Cervical según consta de Acta de Juramentación de fecha 02-05-13, No 013-2013, que cursa en el folio 62 y su vuelto del Libro respectivo llevado por la Rectoria Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En vista de tal reposo de la Juez ARELIS JIMENEZ, la misma se ha visto imposibilitada físicamente de presentarse ante este Circuito Judicial a subsanar la omisión de su firma en el auto que riela en la pieza principal al folio 53 asi como el que riela al folio 01 del cuaderno de recaudos N° 01. En vista de tal reposo de la ciudadana Juez, en fecha 18 de abril de 2013, fue acordada mi designación como Jueza Temporal del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según consta de oficio signado con el N° CJ-13-1219.
No obstante, este Juzgado, a los fines de evitar dilaciones innecesarias en el presente juicio, deja expresa constancia que en el sistema iuris 2000, asi como en su impresión en fisico correspondiente al año 2012, se encuentra debidamente archivado, registrado, sellado, y firmado de puño y letra por la Juez ARELIS JIMENEZ, asientos correspondientes al Asunto AP21-L-2012-000330, de fecha 20-07-12, en los cuales se ordenó la apertura de 02 cuadernos de recaudos, identificados con los Nros. 01 y 02, respectivamente, contentivos de las pruebas de las partes, los cuales fueron aperturados en la misma fecha. En tal sentido, dejándose expresa constancia de la apertura de dichos cuadernos por la señalada Juez, se ordenara remitir el presente asunto al Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de dar continuidad a la presente causa. Así se Decide.
La Juez,
Abg. MARIA GONCALVES DO ESPIRITO SANTOS
La Secretaria,
Abg. CLAUDIA HERNANDEZ
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