ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-005013
PARTE ACTORA: MERCEDES CASIQUE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSETTE GOMEZ
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA FULLOFICE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YLENY DURAN
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 19 de Junio de 2013 siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana MERCEDES CASIQUE, titular de la cédula de identidad número 3.715.133 en su carácter de parte actora conjuntamente con su apoderada judicial, abogado en ejercicio JOSETTE GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 117.564 y por la parte demandada, su apoderada judicial, abogado en ejercicio YLENY DURAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 91.732 dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada ofrece cancelar a la extrabajadora la cantidad de Bsf.40.314,75 monto éste que cubre los conceptos de antigüedad, preaviso, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, intereses sobre prestaciones sociales, comisiones y bono de alimentación. Asimismo, se deja constancia que la trabajadora tuvo un anticipo de prestaciones sociales por la cantidad de Bsf. 8.000,oo. El monto ofrecido se compromete a cancelarlo por ante la URDD de este Circuito Judicial del Trabajo en fechas 28 de junio de 2013 y 29 de julio de 2013, siendo el primer pago por la cantidad de Bsf. 20.314,75 y el segundo pago, por la cantidad de Bsf. 20.000,oo. En este estado, la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada acepta la misma en los términos expuestos. Este Tribunal vista la exposición de ambas partes, observa que no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes.
El Juez
Abg. Neyireé Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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