ASUNTO: AP21-L-2009-005768

Visto las diligencias de fecha 21 de junio 2013, presentada la primera: por la representación judicial de la parte actora y la segunda: por los abogados JOSE ORANGEL ASCANIO y KAMAR GALINDEZ inscritos en el IPSA, bajo los Números 67.074 y 67.156, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante y demandada, respectivamente, en el presente procedimiento. Ahora bien. Visto el contenido de la diligencia suscrita por ambas partes, en la cual, la parte demandada deja constancia del cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada en esta causa, mediante cheque de gerencia librado por el Banco Corp Banca, C.A., Banco Universal, contra la cuenta N° 0121-0258-51-2120210100, distinguido con el N° 10179475, a favor de MARIA NEREIDA MARTINEZ, por la cantidad de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON 07/00 CENTIMOS (Bs. 192.743,07). Visto igualmente, el pago realizado al experto contable designado en la presente causa, ciudadano FRANCISCO VILLEGAS, mediante cheque de gerencia por la cantidad de (Bs. 11.235,00), correspondiente a los honorarios profesionales, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho, HOMOLOGA EL PAGO EFECTUADO, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre informático y archivo del expediente. CÚMPLASE
El Juez

Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
El Secretario

Abg. Rafael Flores.