REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AF41-U-2003-000001.- INTERLOCUTORIA Nº 123.-
ASUNTO ANTIGUO Nº 2051

Vista la diligencia de fecha 19 de junio de 2013, suscrita por la ciudadana Andreina Velásquez Valencia, titular de la cédula de identidad Nº 10.352.707 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 51.051, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual solicita sea decretada la ejecución del fallo recaído en la presente causa; visto igualmente que dicha sentencia se encuentra definitivamente firme, según consta en auto de fecha 14 de noviembre de 2012, cursante al folio 245 de la primera (1ra) pieza del presente expediente, pasada con autoridad de cosa juzgada, este Órgano Jurisdiccional, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1610, dictada por este Juzgado en fecha 12 de abril de 2011, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente “DEPOSITARIA ORDAZ, S.R.L.”, en contra del Acto Administrativo emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contenido en la Resolución No. GRTI/RG/DSA/159, de fecha 25 de junio de 2002 y sus correlativas Planillas de Liquidación Nos. 08100123000456, por monto de Bs. 1.077,45 (Impuesto) y Bs. 1.131,32 (Multa); 081001233000457 por montos de Bs. 4.823,19 (Impuesto) y Bs. 5.064,35 (Multa) y 081001233000458, por monto de Bs. 8.072,62 (Impuesto) y Bs. 8.476,25 (Multa), todas de fecha 02 de julio de 2002, para un monto total de Bs. 28.645,19 más el 10% de las costas condenadas en el presente juicio; y en consecuencia fija un lapso de diez (10) días de despacho para que la contribuyente “DEPOSITARIA ORDAZ, S.R.L.”, una vez que conste en autos el resultado positivo de la boleta de notificación que se libre al efecto y transcurrido el termino de la distancia correspondiente, efectúe el cumplimiento voluntario de dicha sentencia. Así se establece

Publíquese, regístrese y notifíquese. A los fines de practicar la notificación a la contribuyente antes mencionada, se comisiona suficientemente al ciudadano Juez del Municipio Caroní de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar que por distribución le corresponda.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.-

El Secretario Titular,

Abg. Félix José España González.-



ASUNTO Nº AF41-U-2003-000001.-
ASUNTO ANTIGUO Nº 2051
JSA/dpc.-