REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, cinco (05) de junio de dos mil trece (2013).
203º y 154º
Visto el escrito de pruebas presentado por la abogada SUSANA YAGUARACUTO MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 67.185, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DAVID JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.396.224, parte querellante en la presente causa, en el recurso contencioso administrativo funcionarial contra el CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los siguientes términos:
I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLANTE
A- De las pruebas documentales:
En lo atinente a las pruebas documentales promovidas, en el escrito presentado por la abogada SUSANA YAGUARACUTO MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 67.185, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DAVID JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.396.224, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes.-
DR. ALEJANDRO GOMEZ
EL JUEZ
ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA
Exp. Nº 07180
AG/HP/am.-
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