REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 25 de junio de dos mil trece (2013).
Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

Vista la diligencia de fecha 19 de junio de 2013, suscrita por el abogado LUIS RAMÓN GOLINDANO CORASPE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.255, en su carácter de apoderado judicial de la Firma Mercantil AERO MAR LOPA AGENTES ADUANALES C.A., firma mercantil de éste domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de abril de 1994, anotada bajo el Nº 51, tomo 15-A-Sgdo; mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento, este Tribunal a los fines de pronunciarse en lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:

Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“…En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…” (OMISSIS).

Con fundamento en el artículo antes mencionado, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 25 días del mes de junio de dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Juez,
Dra. Anna Alejandra Morales Lange

La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley.

La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra

AAML/MVSP/Luis S. Exp. N° AP31-M-2013-000072.