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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, doce (12) de junio de dos mil trece (2013)
 203º y 154º
 
 
 
 
 ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2013-000687
 OFERENTE: UNITED AIR LINES, INC, SUCURSAL VENEZUELA
 APODERADOS JUDICIALES OFERENTE: ALEJANDRO DISILVESTRO y AIXA AÑEZ
 OFERIDO: ANDRES TINOCO
 MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
 
 
 En el día hábil de hoy 12 de junio de 2013, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente solicitud de OFERTA REAL DE PAGO, se deja constancia que se encuentran presentes los abogados ALEJANDRO DISILVESTRO y AIXA AÑEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 22.678 y 117.122 respectivamente, quienes actúan en representación de la empresa oferente UNITED AIR LINES, INC, SUCURSAL VENEZUELA, asimismo, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte OFERIDA, ciudadano ANDRES TINOCO, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área  Metropolitana  de  Caracas,  deja constancia  que  se  encuentra  en  este  Circuito  Judicial  del  Trabajo,  libreta de  ahorros  a  favor  del ciudadano ANDRES TINOCO, titular de la cédula  de identidad No. 9.972..988, signado bajo el No. 140, cuenta No. 1750140270061643767,  del  BANCO  BICENTENARIO, por  la  cantidad  de  CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON 96 CENTIMOS (BS. 435.604,96), por lo que el Tribunal da por terminado el presente procedimiento, en el entendido que el dinero depositado queda a disposición de LA PARTE OFERIDA, el cual podrá retirarla previa solicitud realizada por ante este Despacho. Por la naturaleza de la decisión no hay especial condenatoria en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° y 154°.
 
 El Juez
 
 JUAN CARLOS MEDINA CUBILLAN
 
 
 Los Apoderados de la  Oferente
 
 
 
 
 
 
 La secretaria
 
 
 
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