REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2013-001075

Visto el escrito de TRANSACCION de fecha 06 de mayo de 2013, suscrito por la abogada ELISA MARTINEZ, IPSA N° 26.482, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, por una parte y por la otra la parte oferida ciudadano JOSE MANUEL VELAZQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 21.378.080, debidamente asistido por la abogada IRAMA MURO, IPSA N° 56.399, mediante la cual a través de recíprocas concesiones expresaron su voluntad de dar por concluido este procedimiento, estableciendo como pago total que cubra cualquier diferencia atinente a los derechos, beneficios e indemnizaciones derivados del vínculo de trabajo que las unió, la cantidad única de CUATRO MIL CUATRICIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 4.472,68), que entregó la aludida empresa y recibió íntegramente a su entera y cabal satisfacción el prenombrado oferido en esa misma fecha, en cheque Nº 38132147, girado a su favor contra el Banco Mercantil, otorgándole el más amplio y total finiquito, pues nada más le corresponde por concepto alguno. En tal sentido, de la revisión de su contenido se constata que la misma cumple con las formalidades establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores, en concordancia con lo pautado en los artículos 10 y 11 del Reglamento, y que no se vulneran derechos irrenunciables del ex trabajador ni normas de orden público, por lo que se HOMOLOGA la transacción dándole efecto de Cosa Juzgada, se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente.

La Juez

El Secretario

Abg. Angelica Hernández

Abg. Arturo Yaggia