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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013)
 203º  y 154º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21- L- 2013-001209
 PARTE ACTORA: OSUNA HENRRY,  venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad  N° 9.941.517.
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE BERNALDO ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número  41.179.
 PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA LOBATERA C.A
 APODERADA DE LAS PARTE DEMANDADA: JONATHAN A MARTINEZ,   inscrita en el Inpreabogado bajo el número 70.994.
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
 
 En el día de hoy, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013), siendo las 2:00 pm, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley.
 En este estado, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante OSUNA HENRRY,  venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad  N° 9.941.517, y de su apoderado judicial JOSE BERNALDO ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número  41.179, por otra parte, se deja constancia de la incomparecencia la demandada CONSTRUCTORA LOBATERA C.A, y de sus representantes legales, estatutarios o judiciales.
 
 En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora  y de sus apoderados judiciales a la prolongación de la audiencia preliminar  fijada para el día de hoy diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013, a las 2:00 pm, en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por OSUNA HENRRY,  venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad  N° 9.941.517, en contra de la demandada CONSTRUCTORA LOBATERA C.A. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.
 
 PUBLÍQUESE,  REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
 
 Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013).
 
 FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
 EL JUEZ
 LA   SECRETARIA
 
 Dorimar Chiquito
 
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