REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 203° y 154°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-001124


En el día hábil de hoy JUEVES 06 DE JUNIO DE 2013, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano ALEXANDER DARIO RIZZO VERA, titular de la cedula de identidad N° 6.867.381, contra las sociedades mercantiles CONTINENTAL TV, C.A., EDITORIAL AMERICA, S.A. (E.A.S.A.) y CANAL TV, E.A.S.A., S.A., anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia del abogado ALEJANDRO IGNACIO VILLORIA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.687, en su carácter de apoderado judicial de la demandada y de la incomparecencia a este acto de la parte actora Ciudadano ALEXANDER DARIO RIZZO VERA, titular de la cedula de identidad N° 6.867.381,ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que una vez transcurridos treinta (30) minutos, este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena a la secretaría del Tribunal expedir una copia certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se efectúa la devolución de las pruebas presentadas por la representación judicial de la parte demandada, las cuales son recibidas en este acto. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

ALEJANDRO IGNACIO VILLORIA GARCIA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

JOANNA CAPUANO
LA SECRETARIA