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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
 DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas,  17 de junio   de 2013
 203º y 154º
 
 ASUNTO PRINCIPAL:	AP01-S-2010-023473
 ASUNTO:			AP01-S-2010-023473
 
 RESOLUCIÓN
 
 JUEZA:        ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO.
 FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: ADIS ROMERO,  Fiscal Centésima Cuadragesima Novena (149) del Área Metropolitana de Caracas
 LA VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
 IMPUTADO: ANTONIO JOSE SAAVEDRA PALMA
 DEFENSA PUBLICA: SORAYA SALAS
 SECRETARIA:   NALLIVE COLMENARES.
 
 Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley resuelve, PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO PENAL, seguida contra el ciudadano ANTONIO JOSE SAAVEDRA PALMA con fundamento en los artículos 46 y 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia, se decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano ANTONIO JOSE SAAVEDRA PALMA titular de la cédula de identidad N° V.-10.317.291 TERCERO: CESE  de las medidas de protección y seguridad previstas en el artículo  87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. CUARTO: Se acuerda librar oficio al Servicio de Información Policial “SIPOL”  a fin de la exclusión de los registros que pudiera presentar el ciudadano ANTONIO JOSE SAAVEDRA PALMA en relación a la presente causa. Se acuerda expedir copia simple de la presente acta a la defensora pública.  Remítase  el presente asunto en su oportunidad legal a la oficina de Archivos Judiciales a fin del respectivo archivo y custodia. Concluyó el acto a las 11:00 horas de la mañana. Quedando las partes debidamente notificadas, conforme a lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y cúmplase.
 LA JUEZA,
 
 ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO
 La Secretaria,
 
 NALLIVE COLMENARES
 En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
 La Secretaria,
 
 NALLIVE COLMENARES
 
 
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