REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, cuatro de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : AP51-J-2013-007915
SOLICITANTE: DANIELA JOSEFINA IZQUIERDO MARQUEZ, MARIA AUXILIADORA QUEVEDO MARQUEZ, ANA CRISTINA ALVAREZ MARQUEZ y ESNEIDER MORALES BERROTERAN, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.230.861, V- 14.585.238, V- 23.617.660 y V-11.199.879 respectivamente.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vistas las actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos MISAEL ARQUIMIDES VARGAS y NELSON JOSE OBREGON RODRIGUEZ, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.341.284 y V-10.382.154 respectivamente, y cumplidas las formalidades de ley, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la adolescente - y la ciudadana ANA CRISTINA ALVAREZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-23.617.660; beneficiarias de la de cujus INGRID DEL VALLE MARQUEZ, quién era portadora de la cédula de identidad Nro V-9.772.430. Se insta a los solicitantes del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, cuatro (4) de junio de 2013. Años 203° y 154°
EL JUEZ,
Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO.
LA SECRETARIA,
Abg. NANCY ZAMBRANO.
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