REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y
NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Caracas, veinticinco (25) de junio del año dos mil trece (2013)
203º y 153º


Asunto: AP51-J-2013-011945
Vista el Acta de CONVENIMIENTO DE CESION DE CUSTODIA presentada para su Homologación por la Abogada MARISA LISTA, en su carácter de Defensoria N° 3 del Niño, Niña y Adolescente, Municipio El Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda, y suscrito por los ciudadanos JESUS SALVADOR JIMENEZ CISNEROS y MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ MUJICA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.420.311 y V-11.735.610, respectivamente, en beneficio de su hija la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de dieciséis (16) años de edad; se le da entrada y se ADMITE por no ser contraria al orden público ni a disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha Acta de Convenimiento de Cesión de Custodia, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en los artículos 360 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se INSTA a consignar los fotostatos a los fines de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase -
LA JUEZ,


ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
LA SECRETARIA


ABG. ROBSY RIVAS