REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º

ASUNTO : AP21-S-2013-000121


Visto el anterior escrito de transacción, suscrita por el abogado CESAR FREITES, en su carácter de apoderado Judicial de REPRESENTACIONES NOLVER C.A, parte oferente, en el presente proceso, y la ciudadana QUINTANA BORGES LAUREN ELIZABERH, titular de la cedula de identidad N° 14.452.626, asistido en este acto por la abogada: MARIA ANTONIETA BRACAMONTE IPSA 160.192, mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque de Gerencia identificado con el N° 0078700 emitido del BANCO PROVINCIAL, por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 267.579,71), lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.

En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 267.579,71), y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la misma cantidad, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación.-

De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. CÚMPLASE

La Juez

El Secretario

Abg. Jhacnini Torres


Abg. Orlando Reinoso