REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO: AH14-F-2008-000392
Vistas las pruebas promovidas por la parte actora en el presente juicio, este Tribunal observa:

CAPITULO I
PRUEBAS TESTIMONIALES

Promueve la parte actora en este Capitulo las testimoniales de los ciudadanos FREDDY PADILLA ROBLES, RUDY URBANO, MARCELO PABLO MORA, JOSE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro V- 3.224.676, V- 2.487.089, 5.282.997 y V-15.373.832 respectivamente, este Tribunal admite dicha probanza y en consecuencia, se fijan las siguientes oportunidades para la evacuación de los testigos promovidos, los cuales deberán comparecer por ante este Juzgado en el siguiente orden: a.) FREDDY PADILLA ROBLES, RUDY URBANO y MARCELO PABLO MORA, a las 9:00 a.m., 10:00 a.m., y 11:00 a.m., del tercer (3er) día de despacho siguiente a la fecha que conste en autos la última de las notificaciones que de las partes se haga. b) JOSE MARTINEZ, a las 10:00 a.m., del Cuarto (4to) día de despacho siguiente a la fecha que conste en autos la última de las notificaciones que de las partes se haga.

CAPITULO II
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES

La representación judicial de la parte actora, promueve en este capitulo a favor de su representado:

• Estado de cuenta de plan de vivienda, de fecha 18/07/2008, debidamente emitido por el Ministerio del Poder Popular para la Emergía y el Petróleo, distinguido con la letra “O”.
• Copia certificada, emitida por el Ministerio de Energía y Petróleo. Fundación Oro Negro, del documento de propiedad del apartamento ubicado en la Planta 4ta de la Torre A del Conjunto Residencial las torres. Apartamento 5-1, marcado con la letra “P”.
• Copia certificada y copias simples constantes de setenta y uno (71) folios útiles, expediente 1-F128-1323-2007.
• Carpetas marcadas con las letras “L, LL, M, N, Ñ respectivamente, contentivas de pagos de gas, bienes inmuebles, luz eléctrica, condominio y teléfonos, efectuados por el ciudadano Francisco Javier Machado.
• Documento de constancia de aseguramiento debidamente emitida por la empresa UNISEGUROS. C.A., donde se demuestra que el ciudadano Francisco Javier Machado tiene protegida a toda su familia, incluida a la ciudadana Carmen Peña Morales.
• Documento de constancia debidamente emitida por el Centro de Orientación Psiquiatrita y Psicológica, marcado con la letra “R”.

En cuanto a la prueba promovida como DOCUMENTALES, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, la admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.

Notifíquese a las partes del presente auto de admisión de pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Codito de Procedimiento Civil.

El Juez

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El Secretario Acc,

Abg. Luis Eduardo Rodriguez




Hora de Emisión: 2:17 PM
Asistente que realizo la actuación: Adriano