En el día de hoy, trece (13) de marzo de Dos Mil Trece (2013), siendo las once y treinta (11:30 A.M.,), se traslado y se constituyo el Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, en su carácter de Juez Cuarto Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaria Abg. Rosa Virginia Villamizar y la parte actora Abogado EVA MARGARITA CARDENAS RODRIGUEZ y DAYSI BECERRA DE BIER, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 37.627 y 33.359 respectivamente, quienes actúan en representación de la parte actora en la siguiente dirección: Agencia del Banco de Venezuela, Mezzanina 1 del Centro Comercial Parque Cristal, ubicado en los Palos Grandes Jurisdicción del Municipio El Hatillo de esta ciudad de Caracas, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue BANCO ACTIVO BANCO UNIVERSAL C.A. contra JOYERIA AU GEMA C.A., y los ciudadanos NIURKA JOSEFINA VAZQUEZ HERNANDEZ Y EDWIN MAURICIO JORDAN MACHADO, el cual se sustancia en el expediente numero AH1A-X-2013-000003, nomenclatura interna de ese juzgado y con el numero 12-3101, asignado por este Tribunal. Una vez en la Institución bancaria, se procede a notificar de la misión del Tribunal a un ciudadano que se identificó como Carlos Carvajal, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 9.293.899, en su carácter de Sub Gerente del Banco de Venezuela, quien fue impuesto de la misión del Tribunal y se le leyó el texto íntegro de la comisión. Seguidamente la apoderada de la parte actora expone: “ Señalo para ser embargado ejecutivamente las cantidades de dinero que se encuentran depositadas en la cuenta corriente N° 00-335-005723-1, perteneciente al ciudadano EDWIN MAURICIO JORDAN MACHADO, titular de la cédula de identidad N° 12.258.212, y la cuenta N° 00-229-013568-7, perteneciente a la ciudadana NIURKA JOSEFINA VAZQUEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.418.317, es todo:” Acto seguido, el notificado antes identificado indica al Juez Ejecutor que en la primera cuenta señalada por la parte actora existe la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 49.876,75) y pertenece a al ciudadano EDWIN MAURICIO JORDAN MACHADO y en la segunda cuenta existe la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 3.463,71) y le pertenece a la ciudadana NIURKA JOSEFINA VAZQUEZ HERNANDEZ, es todo. Seguidamente el Juez Ejecutor, visto el señalamiento realizado por la parte actora; así como la información obtenida del ente financiero declara Ejecutivamente Embargadas las cantidades de dinero anteriormente identificadas y las deja en posesión del Banco de Venezuela, quien es depositario de las mismas y deberá abrir una cuenta litigio para tal fin y a la orden del tribunal de la causa y se le deja copia de la comisión al notificado y siendo las 12:00 M., Concluye la presente actuación y se ordena el regreso a la sede.-Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. -
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LAS APODERADAS DE LA PARTE ACTORA


EL NOTIFICADO



LA SECRETARIA


ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR.