REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 202º y 154º.

PARTE ACTORA: Sociedad Mercantil TOYOTA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ZULAY BÁRBARA JANSE PÉREZ, OMAR ALEXANDER LANDAETA ZAMBRANO y BETTY GABRIELA RODRÍGUEZ CRUZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.071, 76.618 y 156.572, respectivamente.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
EXPEDIENTE: AP31-S-2013-002485.

Se inicia este procedimiento mediante escrito de solicitud TITULO SUPLETORIO de presentada por la Sociedad Mercantil TOYOTA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A, debidamente asistida por los abogados ZULAY BÁRBARA JANSE PÉREZ, OMAR ALEXANDER LANDAETA ZAMBRANO y BETTY GABRIELA RODRÍGUEZ CRUZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.071, 76.618 y 156.572, respectivamente, correspondiéndole el conocimiento de la presente causa a este Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Ahora bien, este Tribunal previa revisión de las actas procesales evidencia que la Sociedad Mercantil TOYOTA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de febrero de 1987, debidamente representada por los abogados ZULAY BÁRBARA JANSE PÉREZ, OMAR ALEXANDER LANDAETA ZAMBRANO y BETTY GABRIELA RODRÍGUEZ CRUZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.071, 76.618 y 156.572, respectivamente, solicitan TITULO SUPLETORIO, a los fines de la tramitación de la presente solicitud para admitir este Tribunal observa: que la dirección de las bienhechurías que consta del documento de propiedad consignado, excede de la competencia territorial atribuida a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tal y como lo establece el artículo 22 de la Resolución No. 100, de fecha 19 de Julio de 1999, dictada por el extinto Consejo de la Judicatura, hoy Dirección Ejecutiva de la Magistratura, es por lo que este Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA que el Juez de este Tribunal es INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO para conocer de la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por Sociedad Mercantil TOYOTA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de febrero de 1987, quedando anotada bajo el Nro. 78, tomo 33-A-Sgdo, debidamente representada por los abogados ZULAY BÁRBARA JANSE PÉREZ, OMAR ALEXANDER LANDAETA ZAMBRANO y BETTY GABRIELA RODRÍGUEZ CRUZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.071, 76.618 y 156.572, respectivamente, en razón del territorio. En consecuencia DECLINA su competencia al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guatire.

Remítase la solicitud, una vez quede la presente decisión definitivamente firme.

Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo en el copiador de sentencias respectivo llevado por este Tribunal.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los 26 días del mes de Marzo de 2013. Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,

LORELIS SÁNCHEZ
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.,

FERMÍN MONSALVE

En esta misma fecha, siendo las 2:30 de la tarde, se registró y publicó el fallo que antecede.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.,

FERMÍN MONSALVE

Exp-AP31-S-2013-002485