ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003977
PARTE ACTORA: ROGER RAFAEL HERNANDEZ BRICEÑO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUISA FLORES DE REYES.
PARTE DEMANDADA: DOCUMENTOS MERCANTILES S.A. (DOMESA).
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FLAVIA ZARINS.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, veinticinco (25) de marzo de 2013 siendo las 3:00 p.m día, comparecieron voluntariamente los ciudadanos LUISA FLORES DE REYES, abogado en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 21.238, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano ROGER RAFAEL HERNANDEZ BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.289.255, quien se encuentra presente en éste Juzgado. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana EVELIN CARRIZO, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 120.215, en su condición de apoderada judicial de la demandada DOCUMENTOS MERCANTILES S.A. (DOMESA), caracteres que constan plenamente en instrumento poder que consignó a los autos la representación judicial de la parte actora y demandada. En este estado las partes exponen: “Por cuanto ambas partes presentes queremos celebrar una transacción a los fines de dar por terminado el presente juicio, solicitamos se habilite el tiempo necesario a los fines de celebrar un acuerdo transaccional cuyo escrito consignamos en este mismo acto constante de ocho (08) folios debidamente firmados en original por los presentes para ser agregado al expediente y asimismo solicitamos su homologación y se nos expidan dos copias certificadas de ésta acta de homologación. Es todo”. Vistas las exposiciones de las partes éste Juzgado habilita el tiempo necesario para la celebración del referido acuerdo por cuanto tiene la disponibilidad del tiempo para realizarlo, dándose inicio al acto conciliatorio y se deja constancia que las partes manifiestan su deseo de celebrar una transacción en fase de mediación por la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (BS.90.000,00) de un monto inicialmente demandado de CIENTO TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (BS.133.638,65), cantidad ésta que recibió el extrabajador ROGER RAFAEL HERNANDEZ BRICEÑO, en este mismo acto mediante cheque a su nombre librado contra el Banco Mercantil distinguido con el número 33130811. por la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000,00), por los conceptos laborales reclamados de Días Feriados, Incidencias Vacaciones; Bono Vacacional y Utilidades, Prestación de Antigüedad, Salario Omitido, Indemnización Sustitutiva de Preaviso, Indemnización por Despido Injustificado, Intereses Moratorios e Indexación. Este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de conciliación ha sido positiva, respecto del extrabajador ROGER RAFAEL HERNANDEZ BRICEÑO, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera sus derechos como extrabajador ni normas de orden público y manifiesta proceder libre de apremio y coacción para celebrar la transacción, y verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte demandada para transigir en el presente juicio, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 de su Reglamento. Se ordena agregar al expediente la transacción debidamente firmada por los comparecientes así como también copia del cheque recibido por el actor. Igualmente, éste Juzgado deja expresa constancia que una vez vencido el lapso de impugnación de la presente decisión, se dará por terminado el presente proceso y se ordenará el archivo definitivo del expediente. Se hizo la devolución de los medios probatorios aportados a las partes y se acuerda expedir dos (02) copias de la presente acta para ser entregadas a las partes comparecientes. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:


La Juez
Dra. Aura María Trenard A.



El Secretario (a)
Abog. José Antonio Moreno.


Los Comparecientes a la Audiencia Conciliatoria