Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 25 de marzo de 2013
202° y 154°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002940
PARTE ACTORA: EDGAR ALFONSO CORREA CASTRO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OMAIRA MELENDEZ.
PARTE DEMANDADA: MAGUEN SERVICIOS, C.A. y GLOBAL GUARDS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOEL JOSE MARIN SAEZ y MARY ESTHER BENZAQUEN BARCESAT
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES


Hoy, 25 de Marzo de 2013, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la abogada Mary Moschiano, en su carácter de apoderada judicial de la codemandada Global Guards, C.A.; así como de la falta de comparecencia de la parte actora y de la codemandada Maguen Servicios, C.A., ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización del presente acto; por lo vista la incomparecencia de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 202 °. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:


La Juez;
Abg. Claudia Valencia


La Secretaria
Abg. Nelly Bolívar


Mary Moschiano