REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de marzo de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO : AP21-S-2013-000429

Visto el escrito de TRANSACCIÓN de fecha veinte (01) de marzo del año 2013, presentado y suscrito por los Abogados, NOSLEN TOVAR identificado con el I.P.S.A. Nº 112.059 , y el abogado JESUS ANTONIO LEOPOLDO identificado con el I.P.S.A. N° 97.802, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte oferente y oferida respectivamente, así como por la ciudadana KEYSI VERAMENDEZ titular de la cédula de identidad N° V-26.663.340, como parte oferente en el presente caso, este Juzgado, en virtud del acuerdo transaccional celebrado, le imparte su aprobación, en los términos expuestos por las partes, según lo dispuesto con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores. Así mismo, visto que el acuerdo celebrado por un monto de UN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (1.000,00) en efectivo a favor del referido ciudadano, y como no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en la referida Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, DÁNDOLE LOS EFECTOS DE LA COSA JUZGADA. Así se establece.


La Juez

El Secretario

Abg. Evely Farias Paz


Abg. Ronal Arguinzones