REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 11 de Marzo de 2013
Año 202° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-000343

Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 27 de Febrero de 2013, suscrita por la parte Oferida, ciudadano JESUS LEAL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº 17.290.671, debidamente asistido por el abogado JESUS MIJARES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 135.349, por una parte y por la otra el abogado LUIS ALEJANDRO BOGGIANO MOULEDOUS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 131.656, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil FARMA, S.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON 17/100 (Bs.53.835,17) cancelados mediante cheque Nº 00684220, de la cuenta Nº 0108-0580-59-0900000019, del Banco Provincial, de fecha 29 de Enero de 2013, a nombre de LEAL VARGAS JESUS, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas del presente auto para el Tribunal, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO