REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 11 de Marzo de 2013
Año 202° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-000471

Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 1º de Marzo de 2013, suscrita por la parte Oferida, ciudadano EFRAIN LIENDO OROPEZA, titular de la cédula de identidad Nº 9.276.505, debidamente asistido por el abogado PEDRO VILELA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 119.708, por una parte y por la otra el abogado CESAR FREITES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 108.271, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil NOVARTIS DE VENEZUELA, S.A., anteriormente denominada SANDOZ VENEZUELA, S.A. y fusionada con la Sociedad Mercantil PRODUCTOS CIBA-GEIGY, S.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de TRESCIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES (Bs.315.000,00) cancelados mediante cheque Nº 00086446, de la cuenta Nº 0108-0001-37-0100205179, del Banco Provincial, de fecha 27 de Febrero de 2013, a nombre de LIENDO OROPEZA EFRAIN, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal UN (1) juego de copia certificada del escrito de transacción inserto a los folios 14 al 18, y TRES (3) juegos de copias certificadas del presente auto, UNA (1) solicitada por la parte Oferente Sociedad Mercantil NOVARTIS DE VENEZUELA, S.A., para lo cual se insta a su representante judicial a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO