REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 18 de Marzo de 2013
Año 202° y 154°

ASUNTO N°: AP21-L-2012-000886

Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 11 de Marzo de 2013, suscrita por el abogado NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 37.760, en su carácter de representante judicial de la parte actora, ciudadano JUAN ALBERTO MIJARES, titular de la cédula de identidad Nº 5.008.279, por una parte y por la otra el ciudadano WILSON FABIAN VALENCIA ALZATE, titular de la cédula de identidad Nº 13.636.926, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES VERFRESK, C.A., debidamente asistido por el abogado FRANCISCO ESTEBAN POLLER, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 152, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.110.000,00) cancelados mediante Dos (2) Cheques de Gerencia, el primero signado con el Nº 59041057, de la cuenta Nº 0105-0632-84-2632041057, del Banco Mercantil, de fecha 06 de Marzo de 2013, a nombre de JUAN ALBERTO MIJARES, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00) y el segundo signado con el Nº 22041058, de la cuenta Nº 0105-0632-82-2632041058, del Banco Mercantil, de fecha 06 de Marzo de 2013, a nombre de NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ, por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,00), por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por secretaría dos (2) juegos de copias certificadas para el Tribunal, de la presente decisión, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO