TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, Ocho (08) de Mayo de dos mil trece (2013)
203° y 154°

ASUNTO: AP21-N-2012-000334


Visto la acción contencioso administrativo de nulidad interpuesta por el abogado RAFAEL PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.298, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C. A., contra la certificación N° 477/2012 de fecha 13 de julio de 2012 dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA “DELEGADO DE PREVENCIÓN JESÚS BRAVO” DEL INSTITUTO DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), con motivo de la investigación de enfermedades ocupacionales agravadas y contraídas en condiciones de trabajo por la ciudadana ELIZABETH PIÑERO DE LA CRUZ, titular de la cédula de identidad N° 19.031.837, este Juzgado Superior observa:


En fecha 02 de mayo de 2013, la representación judicial de la parte accionante SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C. A., abogado RAFAEL PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.298, presentó diligencia que cursa al folio 92, por la cual procede a desistir del presente procedimiento de nulidad por cuanto ha suscrito acuerdo transaccional, que fue debidamente homologado, en el juicio interpuesto por el tercero interesado en el presente recurso, ciudadana ELIZABETH PIÑERO DE LA CRUZ, por los mismos hechos objeto sobre los cuales versa la Certificación cuya nulidad se demanda, en razón de lo cual forzosamente este Tribunal al no ser contrario a derecho la petición del apoderado judicial de la Empresa SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C. A., le imparte su HOMOLOGACIÓN, en consecuencia da por terminado el presente asunto y ordena el cierre y archivo del expediente. ASI SE DECIDE.


Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.


Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los ocho (08 ) días del mes de Mayo de dos mil trece (2013), años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.


LA JUEZ

YNDIRA NARVAEZ LOPEZ.
EL SECRETARIO
ISRAEL ORTIZ
YNL/08052013