REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de mayo de 2013
203º y 154º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004501
PARTE ACTORA: ANTONIO RAFAEL MACHADO CAMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VIRGINIA DEL VALLE GRATEROL PARTE DEMANDADA: HOTEL TASCA EL LIDER, C.A. y TASCA EL DULCE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CESAR DASILVA MAITA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 27 de mayo de 2013 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anuncio dicho acto con las formalidades de ley, compareciendo a la misma por la parte actora el ciudadano ANTONIO MACHADO representado por la abogada VIRGINIA GRATEROL F, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 93.239, en su condición de apoderada judicial de la parte actora y, por la parte demandada TASCA LIDER, C.A y TASCA EL DUCE, C.A, compareció el ciudadano LUIS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.568.887, en su condición de encargado debidamente representado por el abogado, JORGE LUIS VALDERRAMA inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 38.028 actuando en su carácter de apoderado judicial según consta de poder que cursa en autos; dándose así inicio a la audiencia. Seguidamente, las partes luego de las conversaciones sostenidas y de haber debatido aspectos controvertidos, las partes de mutuo acuerdo acuerdan el monto total de la presente transacción la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES EXACTOS CON 00/100 (Bs. 20.000,00), como monto total a pagar por la demandada y a afín de evitar un litigio eventual, y con el único propósito de dar por Terminado el presente procedimiento, y no en reconocimiento de pasivos laborales tal y como se menciona en el libelo, sino por los argumentos y criterios esgrimidos en esta audiencia. Dicha cantidad será pagada en una sola cuota para el día lunes 03-06-2013, a las 11:30 am en audiencia convocada por ante este Juzgado solo a los únicos efectos de realizar el pago, debiendo la demandada emitir los pagos mediante la emisión de dos (2) cheques, uno a nombre del ciudadano ANTONIO MACHADO, por la cantidad de Bs. 15.000,00 y el segundo por la cantidad de Bs. 5.000,00 a nombre de Virginia Graterol, apoderada judicial de la parte actora por concepto de honorarios profesionales acordados, aceptados y convenidos con el actor presente en esta sesión. De igual manera interviene la representante judicial de la parte actora a los fines de manifestar su conformidad con el monto acordado, y el plazo estipulado para su pago, dado que fueron ampliamente analizados y debatidos los aspectos controvertidos, y a su vez declarando no tener ninguna otra reclamación que hacerle a la empresa demandada por ningún concepto. Seguidamente, este Tribunal habiendo constatado la manifestación de voluntad libre de constreñimiento y en pleno conocimiento del derecho que los asiste y por lo tanto manifiestan que las partes involucradas en el proceso no deberse ninguna otra cantidad, por ningún otro concepto derivado de la relación que sostuvieron, ni por ninguna otra otorgándose el total y más amplio finiquito. En este sentido las partes solicitan al Tribunal la homologación del acuerdo alcanzado. Este Juzgado visto y luego de haber constatado que el presente acuerdo se alcanza de manera voluntaria, y siendo la mediación positiva, de conformidad con el artículo 133 de la LOPTRA ,le imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva otorgándole fuerza de Cosa Juzgada. Asimismo se acuerda la entrega a las partes de las pruebas consignadas en la oportunidad de la audiencia preliminar. Finalmente este Juzgado, dará por terminado el presente asunto, una vez constatados en el expediente y la audiencia fijada para el efecto el pago realizado en la fecha estipulada. La representación judicial de la parte demandada solicita a este Tribunal se le emita una (1) copia certificada la cual en este mismo acto se le acuerdo de conformidad. Es todo conformes firman los presentes.
La Jueza.
Abg. CAROLINA CHAKIAN MAYARLAN.
El Secretario
Abg. Marcial Mecia.
Los presentes
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