REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de Mayo de 2013
Años 203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-1545
PARTE ACTORA: MARIA DANIELA OLIVEIRA ESPEJO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RAMON ALFREDO AGUILAR MONTAÑO y CARLOS ALFREDO AGUILAR FLORES
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES GANGSTERS 2020, C.A. ALFERDO LUIS PORTELES Y MARCO ANTONIO COHEN
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: IGNACIO JESUS SÁNCHEZ LÓPEZ y PABLO ADOLFO MORALES HERNÁNDEZ
MOTIVO: PRONUNCIAMIENTO SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN
Presentada transacción por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el 09 de mayo de 2013 y, recibida por este Juzgado, pasa a pronunciarse sobre su homologación, en los siguientes términos:
1. Que se presentó por escrito;
2. Que la misma contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivaron, del derecho discutido y contenido en ella;
3. Que tanto la parte actora como la parte demandada se encontraron debidamente representadas por abogados, los cuales se encuentran suficientemente identificados a los autos;
4. Que se dio voluntariamente, sin coacción;
5. Que las partes se hicieron recíprocas concesiones y;
6. Adicionalmente a ello, el monto comprendido por indemnización prevista en el artículo 130 de la LOPCYMAT es por el monto de Bs. 33.642, como se determinó según la certificación de INSAPSEL, pagado mediante cheque de gerencia Nº 00021938 girado contra la cuenta corriente del Banco Banesco Nº 0134 0343 15 2120210001, a nombre de MARÍA DANIELA DE OLIVEIRA, más un cheque de gerencia Nº 00021936 girado contra la cuenta corriente del Banco Banesco antes identificada, por el monto de Bs. 116.360,00 por los conceptos reposos no pagados, salarios caídos, prestaciones sociales mas sus intereses, vacaciones y vacaciones fraccionadas, bonos vacacionales y bono vacacional fraccionado, bonificación de fin de año, indemnización por despido injustificado, bono alimentario, indemnización por las cantidades adeudadas, daño moral, todos entregados al momento de la firma de la transacción.
De acuerdo a lo anterior, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por la ciudadana MARIA DANIELA DE OLIVEIRA ESPEJO INVERSIONES GANSGTERS 2020, C.A.
La Jueza
Abg. Milagros Jiménez
El Secretario
Abg. Rafael Flores
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