ASUNTO AP41-U-2009-000554 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 055/2013


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de Mayo de 2013
203º y 154º


Vista la diligencia presentada en fecha 20 de marzo de 2013, suscrita por los ciudadanos Aldo Galindo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 118.264, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BITUMENES ORINOCO (BITOR), S.A. y Erika García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 144.480, actuando en su carácter de sustituta del Procurador General de la República, mediante la cual acuerdan SUSPENDER EL PROCESO, por el lapso de noventa (90) días de Despacho, cursante en el Asunto signado AF49-U-2003-000017 (exp. 1997), contentivo del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la referida recurrente, este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por mandato expreso del Artículo 332 del Código Orgánico Tributario, HOMOLOGA dicha suspensión por el lapso antes indicado, la cual empezará a correr a partir de la fecha 09/05/2013, Una vez vencido el mismo, se realizará, sin auto expreso que acuerde, la actuación correspondiente.
El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.


La Secretaria,


Bárbara Luisa Vásquez Parraga



Asunto: AF49-U-2003-000017
Exp. 1997
RGMB/blvp/gg