EXP. 12-3181

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL


En fecha 27 de enero de 2012, se recibió del Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital (distribuidor de turno) escrito contentivo de la querella interpuesta por la ciudadana ELIZABETH SOLANO ALVARADO, portadora de la cédula de identidad Nro. 10.863.524, asistida por el abogado JOSE DEL CARMEN BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.495, mediante la cual solicita al Gobierno del Distrito Capital se le restituya la Compensación por Titulo Superior Universitario del 50% y la denominación al cargo.

Mediante auto de fecha 07 de febrero de 2012 se conminó a la parte actora a los fines que consignara los instrumentos a que alude el ordinal 5º del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, dentro de los tres (03) días de despacho siguientes.

Este Tribunal observa:

Una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se constata que desde el día 07 de febrero de 2012, fecha en la cual se conminó a la parte actora a consignar los instrumentos a que alude el ordinal 5º del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, hasta el día de hoy, ha transcurrido más de un año, sin que la parte interesada compareciera por sí o por medio de apoderado judicial a instar nuevamente en la presente causa a los fines de su continuación. En razón de lo antes expuesto, se evidencia que la situación antes descrita encuadra en el supuesto tipificado en el primer (1er) aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone que toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Dicho término empezará a contarse a partir de la fecha en que se haya efectuado el último acto procesal por las partes, por lo que en tal caso debe declararse la perención de oficio.

DECISIÓN

En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la querella interpuesta por la ciudadana ELIZABETH SOLANO ALVARADO, portadora de la cédula de identidad Nro. 10.863.524, asistida por el abogado JOSE DEL CARMEN BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.495, mediante la cual solicita al Gobierno del Distrito Capital se le restituya la Compensación por Titulo Superior Universitario del 50% y la denominación al cargo.

Publíquese, regístrese y notifíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ,


JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA



CLAUDIA MOTA VIVAS
En el mismo día, siendo las tres post meridiem (03:00 p. m.), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA



CLAUDIA MOTA VIVAS
EXP. 12-3181