REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
PARTES SOLICITANTES: MENA LUCIA GUTIERREZ Y WALDON ENRIQUE PARRA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V6.563.184 y V-6.122.038, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: MARIA PETROCCHI, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No 98.915.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
EXPEDIENTE No: AP31-S-2013-003527
ÚNICO
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos MENA LUCIA GUTIERREZ y WALDON ENRIQUE PARRA PEREZ, arriba identificados, este Tribunal en virtud que la misma no es contraria a derecho ni al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la ley, y estando llenos los requisitos de ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los referidos ciudadanos en los términos y condiciones por ellos establecidos en su escrito, de conformidad con lo previsto en los artículo 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas una vez conste en autos los fotostatos requeridos para tal fin, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los DOS (02) días del mes de MAYO del año DOS MIL TRECE (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR
EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
En la misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de Ley y, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA TITULAR
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA.
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