REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-001103
Visto el escrito de TRANSACCIÓN de fecha 8 de mayo de 2013, presentado y suscrito por los abogados, ELIZABETH ESCARLETH BELLO GOMEZ I.P.S.A. Nº 50.561, CAROLINA GUZMAN, I.P.S.A. N° 131.031, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte oferida y oferente respectivamente, así como por la ciudadano MARGARITO PINTO titular de la cédula de identidad N° V-9.089.281 parte oferida, este Juzgado, en virtud del acuerdo transaccional celebrado, le imparte su aprobación, de este medio de auto composición procesal en los términos expuestos por las partes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, así como de conformidad con lo previsto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores. Así mismo, visto que el acuerdo celebrado por un monto de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 220.000,00), no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en la referida Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN. Así mismo este Tribunal da por terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del expediente. Así se establece.-

El Juez

La Secretaria
Francisco Javier Río Barrios
Luisana Cote