REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintidós (22) de Julio de dos mil Trece (2013)
203º y 154°
ASUNTO: AP21-L-2013-002502
PARTE ACTORA: FRANCISCO JAVIER BRAZON
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL DECOMAX C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ADJANY PALACIOS MADARIAGA.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Lunes Once (11) de Noviembre de 2.013, siendo las 11:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar el Inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Este Tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora el ciudadano FRANCISCO JAVIER BRAZON, titular de la cédula de identidad N° 10.224.150, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la abogada ADJANY PALACIOS MADARIAGA, inscrita en el Inpreabogado Nº 125.513, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada la empresa COMERCIAL DECOMAX C.A. según se evidencia de poder que consigna en este acto. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°. Se condena en costa a la parte accionante, de conformidad a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

El Juez

Abg. Miguel Yilales Zurita

El Secretario.

Las Partes Abg. Héctor Rodríguez.

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