En el día de hoy, cinco (05) de noviembre de Dos Mil Trece (2013), siendo las una y cuarenta de la tarde (1:40 P.M.,), previa habilitación del tiempo necesario solicitado por la parte actora se trasladó y se constituyó el Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, en su carácter de Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, en compañía de su Secretaria Abg. Rosa Virginia Villamizar y la parte actora, Abogado HECTOR EDUARDO RIVAS NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.784, en la siguiente dirección: Agencia de Banesco los Caobos, ubicado en la Avenida Este 2 de esta ciudad de Caracas, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue HECTOR RIVAS NIETO contra ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORROS DE LOS OBREROS DE MINFRA “CADO-MINFRA”, el cual se sustancia en el expediente AP31-V-2013-000361, nomenclatura interna de ese juzgado comitente y con el Nº 13-3205, nomenclatura interna de este Juzgado comisionado. Una vez en la Institución Bancaria, se procede a notificar de la misión del Tribunal a una ciudadana que se identificó como FRANCESCA CARLUCCI L., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V 16.663.246, quien manifestó al Juez Ejecutor, que ocupa el cargo de Gerente en la referida Agencia de la entidad bancaria. En este estado, la parte actora expone: “Señalo para ser Embargado Ejecutivamente las cantidades de dinero que se encuentren depositadas en la cuenta corriente Nº 01340183781833003069, perteneciente a la parte demandada CADO-MINFRA, hasta cubrir la cantidad de CIEN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.100.200,00), que comprende la cantidad liquida condenada a pagar por el Tribunal de la causa, es todo.” Seguidamente, la notificada informa al Juez Ejecutor, que en la cuenta señalada existe monto suficiente para practicar la medida de Embargo Ejecutivo. Acto seguido, el Juez Ejecutor, visto el señalamiento realizado por la parte actora; así como la información obtenida del ente financiero declara Ejecutivamente Embargadas la cantidad de CIEN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.100.200,00), contenida en la cuenta corriente antes señalada y ordena a la notificada libre cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la causa por la cantidad embargada. Acto seguido, la notificada hace entrega de Cheque de Gerencia distinguido con el Nº 0366618148, a nombre del Tribunal de la causa, y por la cantidad embargada. Seguidamente el Juez Ejecutor, ordena agregar el cheque a la presente comisión constante de un (1) folio útil. y siendo las 3:00 p.m., concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA


LA PARTE ACTORA.
LA NOTIFICADA



LA SECRETARIA


ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR.