REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013

203° y 154°
Vista la transacción celebrada entre el ciudadano ARGENIS WILFREDO CASTILLO MASS ,actuando en nombre propio y representación (parte actora), y la ciudadana KEILA YUDITH BRAZON PEROZO ROJAS (parte demandada) debidamente asistida en este acto por la abogada ANA BEATRIZ BECERRA MORENO, Inpreabogado Nº 88.798, por ante este Tribunal en fecha 07/11/2013, cursante a los folios 130 y 131 del presente expediente donde solicitan sea homologada dicha transacción y requieren que se suspenda la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada mediante auto de fecha 07/02/2008.- Al respecto observa el Tribunal que la presente transacción no es contraria a derecho motivo por el cual este Juzgado le imparte su aprobación y en consecuencia su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos entre partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por auto y oficio Nº 033/2008 de fecha 07/02/2008 recaída sobre el siguiente bien inmueble: un Apartamento distinguido con el Nº 158, Piso 15, Edificio denominado “RESIDENCIAS DON OSCAR”, ubicado en la Avenida Sur y Calle 18, entre la esquina de Las Piedras y La Palmita, Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador del Distrito Federal, el cual consta de las siguientes dependencias: Salón-comedor, cocina, lavadero, tres (3) dormitorios y dos (2) baños, tiene una superficie aproximada de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (6500,M2), y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con la fachada Norte del Edificio; Sur: Con Apartamento Nº 157; Este: Con la fachada Este del Edificio; y Oeste: Con Apartamento Nº 159.- Líbrese oficio al Registrador Subalterno correspondiente.-
EL JUEZ
RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
ERICKSON JOSÉ MARTÍNEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto.- EL SECRETARIO


EXP. Nº AP31-V-2007-001181
RJG/EJM.








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ( ) de Noviembre de 2013.-
203° y 154°
Oficio N°_______________

CIUDADANO:

REGISTRADOR SUBALTERNO DEL TERCER CIRCUITO DE REGISTRO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO FEDERAL.-
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por auto de esta misma fecha se suspendió la Medida de Prohibición de Enajenar y Grabar, decretada por este Juzgado en fecha 07/02/2008, mediante oficio Nº 033/2008, recaída sobre el siguiente bien inmueble: un Apartamento distinguido con el Nº 158, Piso 15, Edificio denominado “RESIDENCIAS DON OSCAR”, ubicado en la Avenida Sur y Calle 18, entre la esquina de Las Piedras y La Palmita, Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador del Distrito Federal, el cual consta de las siguientes dependencias: Salón-comedor, cocina, lavadero, tres (3) dormitorios y dos (2) baños, tiene una superficie aproximada de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (6500.M2), y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con la fachada Norte del Edificio; Sur: Con Apartamento Nº 157; Este: Con la fachada Este del Edificio; y Oeste: Con Apartamento Nº 159, el cual le pertenece a la parte demandada ciudadana, KEILA YUDITH BRAZON PEROZO ROJAS, Titular de la cedula de identidad Nº V- 10.802.647 según consta del documento Protocolizado por ante esa Oficina de Registro, bajo Nº 26, Tomo 34, Protocolo Primero, en fecha 04/06/1998, con motivo del juicio que por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue el ciudadano ARGENIS CASTILLO MASS contra la ciudadana KEILA YUDITH BRAZON PEROZO ROJAS , en el expediente Nº AP-V-2007-001181.-
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.-


EL JUEZ

RENAN JOSE GONZALEZ
Exp N° AP-V-2007-001181
RJG/EJM/eacr*