REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Expediente AP31-S-2012-005048
Sentencia Definitiva
SOLICITANTE: Ciudadano RAUL FRANCISCO TORRES AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 5.612.649.
APODERADA JUDICIAL: Ciudadana ELIZABETH LAGRUTTA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.246.
MOTIVO: Rectificación de Acta de Nacimiento.
Visto el escrito presentado por el ciudadano RAUL FRANCISCO TORRES AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 5.612.649, debidamente asistido por la ciudadana ELIZABETH LAGRUTTA, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº V.- 8.779.945, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.246, por medio de la cual solicita la Rectificación de su Acta de Nacimiento, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Nacimiento Nº 858, folio 431 del año 1962, inserta en el Libro de Nacimientos llevado por ante esa autoridad civil, cursante a las actas, pues, alega el solicitante que existe un error material con respecto al lugar de nacimiento en el cual señala que su progenitora GLADYS EULALIA AGUILERA FERNANDEZ, es natural de Marianao, Cuba, siendo lo correcto es que la ciudadana GLADYS EULALIA AGUILERA FERNANDEZ, es natural de Vedado, La Habana, Cuba.
Por auto de fecha 13 de junio de 2012, el Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento.
En fecha 04 de julio de 2012, la abogada DAIDY RAFAELA MARCANO mediante diligencia retira cartel.
En fecha 25 de julio de 2012, compareció la abogada DAIDY RAFAELA MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 67511, consignando la publicación del cartel de emplazamiento.
En fecha 30 de octubre de 2012, mediante diligencia la abogada DAIDY RAFAELA MARCANO solicita a la Secretaria del Tribunal dejar constancia de la Publicación y consignación del cartel.
En fecha 14 de Enero de 2013, la abogada Maria Virginia Solórzano Secretaria Titular de este Juzgado, deja constancia que con la fijación del presente cartel en la cartelera del Tribunal, se cumplieron las formalidades de Ley.
En fecha 20 de febrero de 2013, comparece la abogada DAIDY RAFAELA MARCANO, solicita se le de continuidad a la presente causa.
En fecha 22 de marzo de 2013 el Tribunal mediante auto ordenó interrogar a los testigos.
En fecha 23 de abril, la abogada DAIDY RAFAELA MARCANO, consigno fotostátos a fines de notificar al Ministerio Publico.
En fecha 15 de mayo de 2013, mediante auto dictado por el Tribunal se ordenó librar Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público. En esta misma fecha se libró la respectiva boleta, así como cartel de emplazamiento.
En fecha 28 de mayo de 2013, el Tribunal evacuó los testimoniales de los ciudadanos ZULLY PERDOMO GUTIERREZ y SIXTO JOSE BRACAMONTE GOMEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.189.458 y V-6.080.445, respectivamente, y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento; este Juzgado las aprecia en todo su alcance probatorio, conforme lo prevé el artículo 1392 del Código Civil. Y así se declara.
En fecha 04 de junio de 2013, mediante diligencia compareció el ciudadano MIGUEL VILLA, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, consignando Boleta de Citación firmada y sellada por la Fiscalía.
En fecha 01 de julio de 2013, compareció la Abogada. CELIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, Fiscal Centésima Quinta del Ministerio Público, y solicito datos filiatorios correspondientes al ciudadano RAUL FRANCISCO TORRES AGUILERA.
En fecha 07 de Noviembre de 2013, la abogada ELIZABETH LAGRUTTA, consigna original de los datos filiatorios solicitados por Fiscalia.
Para probar lo alegado, el solicitante consignó los siguientes instrumentos:
Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 858 expedida en el año 1962 por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital cursante en autos, donde se desprende claramente lo manifestado por el solicitante, Original de la certificación de nacimiento de la ciudadana GLADYS EULALIA AGUILERA FERNANDEZ y original de los datos filiatorios del ciudadano RAUL FRANCISCO TORRES AGUILERA.
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos; En consecuencia, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, Acta de Nacimiento Nº 858 año 1962, en cuanto al lugar de nacimiento de la madre del solicitante. En consecuencia, donde dice: GLADYS EULALIA AGUILERA FERNANDEZ, es natural de MARIANO, CUBA”, debe decir” GLADYS EULALIA AGUILERA FERNANDEZ, es natural de VEDADO, LA HABANA, CUBA•.- ASÍ SE DECIDE.-
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, veinticinco (25) de Noviembre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO.
En esta misma fecha, se público y registró esta decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO.
Exp. AP31-S-2012-005048
AAML/MVS/Xb
|