REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 1º de Noviembre de 2013
Año 203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-002820

Visto el escrito transaccional suscrito en fecha 30 de Octubre de 2013, por la parte oferida ciudadano ABRAHAM JOSE FIGUEROA MENESES, titular de la cedula de identidad N° 20.114.349, debidamente asistido por el abogado LUIS SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 185.499, por una parte y por la otra la abogada ANDREA DOMINGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 179.455, en su carácter de apoderada judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil OTERCA MAQUINARIAS, C.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON 21/100 (Bs.21.616,21) cancelados mediante cheque signado con el Nº 08077825, girado contra la cuenta de la Oferente del Banco Provincial, de fecha 28 de Octubre de 2013, a nombre de ABRAHAM JOSE FIGUEROA MENESES, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal TRES (3) juegos de copias certificadas del escrito de transacción inserto a los folios 16 al 26, solicitadas por las partes, así como CINCO (5) juegos de copias certificadas de la presente decisión, TRES (3) solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y Dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que en este mismo acto se DA POR TERMINADO el presente asunto, se ordena el cierre informático y su REMISION A LA DIVISION DE ARCHIVO JUDICIAL.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

EL SECRETARIO

RAFAEL FLORES