REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 203° y 154°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002807


En el día hábil de hoy LUNES 04 DE NOVIEMBRE DE 2013, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano OSWALDO ANTONIO OSTO, titular de la cedula de identidad N° 10.067.146, contra la sociedad mercantil BAR RESTAURANT FLOR DE ALTAMIRA, C.A. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadano OSWALDO ANTONIO OSTO, titular de la cedula de identidad N° 10.067.146, debidamente representado por la abogada CARMEN XIOMARA LOBO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.345. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de los abogados YASMIN DEL PILAR GARCIA DABOIN y NIEVES DIAZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 43.824 y 25.012, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada, quien presenta copia fotostática del instrumento poder que acredita su representación constante de TRES (3) FOLIOS UTILES, así como su copia certificada ad efectum videndi. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.200.000,00) menos la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00) recibidos como anticipos y la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON 69/100 (Bs.44.894,69) depositados en la Cuenta de Ahorro Nº 0175-0140-21006172-0254, del Banco Bicentenario, en virtud de la Oferta Real de Pago, signada con el Nº AP21-S-2013-001759, con ponencia del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, los cuales se encuentran a disposición de la parte actora, quedando un monto restante de CIENTO CINCO MIL CIENTO CINCO BOLIVARES CON 31/100 (Bs.105.105,31), el cual será pagado para el día LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2013, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.). La transacción aquí celebrada se efectúa por los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales, intereses sobre la garantía de prestaciones sociales, salarios retenidos, vacaciones y bono vacacional vencidos y fraccionado, utilidades vencidas y fraccionadas, horas extraordinarias, domingos laborados pendientes del pago. Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia que una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Igualmente la parte demandada solicita copias certificadas de la presente acta, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir tres (3) juegos de copias certificadas, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ


SADY CARDONA MORENO


OSWALDO ANTONIO OSTO
PARTE ACTORA



CARMEN XIOMARA LOBO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




YASMIN DEL PILAR GARCIA DABOIN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



NIEVES DIAZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


RAFAEL FLORES
EL SECRETARIO