REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO (4º) DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas 01 de noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2013-012690
ASUNTO: AP01-S-2013-012690


Revisadas las presentes actuaciones, se observa que en fecha 30-09-13, este Tribunal emitió pronunciamiento en el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad de conformidad con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, durante el desarrollo de la audiencia prevista en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, contra el ciudadano MOGROVEJO BRAVO SAVINO LORGIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.908.298.

Ahora bien, por cuanto transcurrió el lapso previsto en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vale decir, 30 días continuos a partir de la fecha del decretó la privación judicial preventiva de libertad, y no se desprende de las actuaciones que la Fiscalía Centésima Primera (101º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, haya concluido con la investigación, este Tribunal acuerda la libertad inmediata del imputado de conformidad a lo previsto en el artículo 236 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la comparecencia del imputado a presentarse a la sede de este Tribunal al día lunes 04 de noviembre de los corrientes, a los fines de la imposición de la presente decisión.

Por lo anteriormente expuesto Este Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta la libertad inmediata del imputado MOGROVEJO BRAVO SAVINO LORGIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.908.298, de conformidad a lo previsto en el artículo 236 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la comparecencia del imputado a presentarse a la sede de este Tribunal al día lunes 04 de noviembre de los corrientes, a los fines de la imposición de la presente decisión. Líbrese oficio y la correspondiente boleta de excarcelación. Regístrese y cúmplase.
La Jueza,

ROSA MARIA MARGIOTTA
LA SECRETARIA,

LOIMAR MONASTERIOS GUZMAN:
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

LOIMAR MONASTERIOS GUZMAN:

RMMG/rosamariam.