REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 04 de Octubre del 2013.
Años: 203° y 154°
Exp N° 807/2013
DEMANDANTE: X.-
DEMANDADO: BENJAMIN ANTONIO MUJICA VARGAS
Motivo: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
Vista como ha sido la presente causa, donde la parte demandante DESISTE DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO, este Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y concluida como ha sido la misma, se acuerda la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Guanare, en su oportunidad legal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Sarath Theresa Cárdenas Marquez.
La Secretaria,
Abg. Zoraida González Fernández.-
Exp. 807/2013
Milagro.-