REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-001828
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 22 de octubre de 2013, por el ciudadano ALEXANDER HELIMENES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 10.798.958, parte actora en el presente procedimiento, debidamente representado por el abogado WILLIAN ARANDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.082, y por la abogada XAMIRA GOYA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.444, mediante la cual la parte demandada cancela la cantidad de Bs. 145.000,00 a la parte actora, mediante cheque Nº 00043657, girado contra la cuenta Nº 01340031882120210001, del Banco Banesco, Banco Universal, de fecha 16 de octubre de 2013; quien acepta expresamente la suma mencionada a su entera satisfacción, declarando que nada más tiene que reclamar a la empresa, en virtud de la relación laboral finalizada voluntariamente en fecha 30 de julio de 2012, ni por cualquier otro motivo, relacionado o no con dicha prestación de servicios; asimismo …”que nada más se le adeuda ya que todos sus derechos han quedado plena y sobradamente satisfechos, otorgándole en consecuencia formal y total finiquito a la EMPRESA, así como a cualquier empresa matriz, filial o relacionada, a sus administradores y asesores.”. En consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa; asimismo homologa el desistimiento de este procedimiento; dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se le insta a consignar las copias simples respectivas.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
MARIO COLOMBO
|