REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002697
PARTE ACTORA: TITO ALBERTO PATIÑO VILLARRAGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NOLAN FAJARDO, ANGEL ROJAS RODRIGUEZ, NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, JOSE GREGORIO FAJARDO, HILSY MARÍA SILVA RONDÓN
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT EL MARACANA, C.A., RESTAURANT MARANA, C.A., INVERSIONES SAUDADES 2010, C.A. y MULTI EMPRESAS MARACANA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy nueve (09) de octubre de dos mil trece (2013), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que compareció el abogado William Jiménez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 138.950, en representación de la parte actora, sin embargo de la revisión de las actas `procesales, no consta poder que faculte al mencionado abogado como apoderado judicial de la parte actora; asimismo, se deja constancia la incomparecencia de la parte demandada por ningún representante legal ni apoderado judicial alguno, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
El Secretario
Abg. Marcial Mecia
El Presente.
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