REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal 17º de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : AP21-S-2013-001097


Vista la diligencia suscrita por la abogada MARIA DANIELA VALENTE en su carácter de apoderada de la parte oferente, mediante la cual desiste del procedimiento de oferta real de pago, este Tribunal una vez revisadas las facultades otorgadas en el documento poder, evidencia que efectivamente la abogada tiene facultad para desistir en nombre de su representada, en consecuencia se homologa el desistimiento en los términos expuestos.


La Juez

El Secretario

Abg. Yolimar Ávila


Abg. Raybeth Parra