REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de octubre de 2013
203º y 154º



ASUNTO: AP41-U-2013-000343.- INTERLOCUTORIA Nº 197.-


Visto el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha en fecha 05 de agosto de 2013, por el abogado Boris Antonio Ramírez Rodríguez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.028, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente MADERERAS SAN JOSÉ, C.A., (Rif Nº J-31245867-4), contra la Resolución Nº SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0309 de fecha 17 de junio de 2013, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró Sin Lugar el recurso jerárquico ejercido en fecha 13 de noviembre de 2012, por la mencionada contribuyente, en consecuencia confirmó el acto administrativo contenido en la Resolución (Sumario Administrativo) Nº SNAT/INTI/GRTI/CERC/DSA-R-2012-218 de fecha 01 de agosto de 2012, emitido por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT, y sus correlativas Planillas de Liquidación emitidas con base en el mismo, por los montos y conceptos que se describen a continuación:

QUINCENAS Impuesto Bs. Intereses Moratorios Bs.
Primera Quincena abril 2011 3.867,00
Segunda Quincena abril 2011 87,00
Primera Quincena mayo 2011 2.743,00
Segunda Quincena mayo 2011 170,00
Primera Quincena junio 2011 4.350,00
Segunda Quincena junio 2011
Primera Quincena julio 2011 1.409,00
Segunda Quincena julio 2011 1.856,00
Primera Quincena agosto 2011 1.757,00
Segunda Quincena agosto 2011 1.205,00
Primera Quincena septiembre 2011 1.054,00
Segunda Quincena septiembre 2011 802,00
Primera Quincena octubre 2011 16.845,00 1.106,00
Segunda Quincena octubre 2011 9.683,00 2.716,00
Primera Quincena noviembre 2011 7.719,00 1.471,00
Segunda Quincena noviembre 2011 25.040,00 1.098,00
Segunda Quincena diciembre 2011 3.352,00
Segunda Quincena enero 2012 66,00
Primera Quincena febrero 2012 72,00
Segunda Quincena febrero 2012
Primera Quincena marzo 2012 28.440,00 8.941,00
TOTAL 87.727,00 38.122,00

Multas impuestas por ilícitos materiales y formales:

QUINCENAS Multa Art. 113 Comisión del Ilícito en U.T. Multa Art. 103 Nº 2 C.O.T. en U.T. Multa Art. 103 Nº 4 C.O.T. en U.T.
Primera Quincena abril 2011 1.164,07
Segunda Quincena abril 2011 27,17
Primera Quincena mayo 2011 893,44
Segunda Quincena mayo 2011 55,18
Primera Quincena junio 2011 1.484,66
Segunda Quincena junio 2011 - 5,00
Primera Quincena julio 2011 485,24
Segunda Quincena julio 2011 642,48
Primera Quincena agosto 2011 610,11
Segunda Quincena agosto 2011 419,86
Primera Quincena septiembre 2011 368,36
Segunda Quincena septiembre 2011 281,66
Primera Quincena octubre 2011 392,31 2,50
Segunda Quincena octubre 2011 975,11
Primera Quincena noviembre 2011 528,64
Segunda Quincena noviembre 2011 394,78
Segunda Quincena diciembre 2011 1.206,32
Segunda Quincena enero 2012 24,29 2,50
Primera Quincena febrero 2012 22,52
Segunda Quincena febrero 2012 - 5,00
Primera Quincena marzo 2012 682,98
Sub Total en U.T. 10.659,17 10,00 5,00
Total en U.T. 10.674,17


Igualmente se le participó a la recurrente que la multa antes mencionada deberá ser pagada al valor de la unidad tributaria que estuviese vigente para el momento del pago, todo de conformidad con lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 94 del Código Orgánico Tributario, en tal sentido la sanción le quedaría fijada en los términos que se describen a continuación:

QUINCENAS Multa Art. 113 -Conversión en U.T. Bs. 107,00 Multa Art. 103 Nº 2 C.O.T. -Conversión en U.T. Bs. 107,00 Multa Art. 103 Nº 4 C.O.T. -Conversión en U.T. Bs. 107,00
Primera Quincena abril 2011 124.555,49
Segunda Quincena abril 2011 2.907,19
Primera Quincena mayo 2011 95.598,08
Segunda Quincena mayo 2011 5.903,19
Primera Quincena junio 2011 158.857,55
Segunda Quincena junio 2011 535,00
Primera Quincena julio 2011 51.921,75
Segunda Quincena julio 2011 68.744,29
Primera Quincena agosto 2011 65.282,84
Segunda Quincena agosto 2011 44.925,02
Primera Quincena septiembre 2011 39.413,45
Segunda Quincena septiembre 2011 29.806,99
Primera Quincena octubre 2011 41.977,17 267,50
Segunda Quincena octubre 2011 104.336,77
Primera Quincena noviembre 2011 56.564,48
Segunda Quincena noviembre 2011 42.241,46
Segunda Quincena diciembre 2011 129.076,24
Segunda Quincena enero 2012 2.597,96 267,50
Primera Quincena febrero 2012 2.409,64
Segunda Quincena febrero 2012 535,00
Primera Quincena marzo 2012 73.078,86
Sub-Total calculando el valor de la Unidad Tributaria a Bs. 107,00 1.140.198,42 1.070,00 535,00
Total Multas 1.141.803,42

Lo cual asciende a un monto total de los Impuestos, Intereses y Multas en la cantidad de Bs. 1.267.652,42. Estando las partes a derecho, y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los veintiún (21) días mes de octubre del año dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.

El Secretario Titular,

Abg. Félix José España González.-








ASUNTO Nº AP41-U-2013-000343.-
JSA/voa.-