ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003127.
PARTE ACTORA: RENBERTO ANTONIO GARCIA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA DE SEVICIOS FUNERARIOS (INSUMCOOP 32165RS).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALDO CORAGGIO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veinticinco (25) de octubre de dos mil trece (2013), siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano ALDO CORAGGIO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.226, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada COOPERATIVA DE SEVICIOS FUNERARIOS (INSUMCOOP 32165RS), carácter el suyo que se desprende de instrumento poder que consigna en este acto para ser agregado al expediente. Asimismo se deja constancia de la no comparecencia del ciudadano RENBERTO ANTONIO GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.181.287, parte actora en el presente juicio, estando debidamente notificada para ello, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. . PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Abog. Joanna Capuano
El Apoderado Judicial de la Demandada
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