REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 02 de Octubre de 2013
Año 203° y 154°
ASUNTO N°: AP21-S-2013-002466
Visto el escrito transaccional suscrito en fecha 27 de Septiembre de 2013, por la parte oferida ciudadana LEIDY HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.147.632, debidamente asistida por la abogada ROSINIS DE JESUS CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 135.710, por una parte y por la otra el abogado MARDWIN SUAREZ BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.879, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil JARDINES EL CERCADO, C.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de SESENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON 84/100 (Bs.60.372,84) cancelados mediante Cheque de Gerencia signado con el Nº 00034829, del Banco Banesco, de fecha 17 de Septiembre de 2013, a nombre de LEIDY HERNANDEZ, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que en este mismo acto se DA POR TERMINADO el presente asunto, se ordena el cierre informático y su REMISION A LA DIVISION DE ARCHIVO JUDICIAL.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA
JOANNA CAPUANO
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