REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de Octubre de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2011-8699
ASUNTO: AP01-S-2011-8699
ACTA DE AUDIENCIA ARTÍCULO 46 DEL Código Orgánico Procesal Penal
JUEZA: ROSA MARGIOTTA GOYO
FISCALIA 130º: OMAIRA GARCIA
DEFENSA PUBLICA: JESSICA VOLWEIDER
IMPUTADOS: JAIRO RAFAEL CONTRERAS
VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
SECRETARIA: LOIMAR MONASTERIOS
En el día de hoy, lunes 14 de Octubre del año 2013, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituyó el Juzgado Cuarto (04º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la Sala de Audiencias ubicada en el piso Nº 05, Ala Oeste, de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, actuando como Jueza la ciudadana ROSA MARGIOTTA GOYO, acompañada de la Secretaria, LOIMAR MONASTERIOS, y el Alguacil de Sala, oportunidad fijada para que tenga lugar acto de audiencia previsto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada bajo el Nº AP01-S-2011-8699 (Nomenclatura de este Tribunal), seguida contra del ciudadano JAIRO RAFAEL CONTRERAS, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA; Seguidamente la ciudadana Jueza solicitó de la Secretaria la verificación de la presencia de las partes, a tales efectos con la asistencia del Alguacil de sala, se deja constancia de que comparecieron al acto, el imputado JAIRO RAFAEL CONTRERAS, quien comparece, debidamente asistido en este acto por la Defensora Pública JESSICA VOLWEIDER, asimismo la Fiscala Centésima Trigésima (130º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, el ciudadano, JAIRO RAFAEL CONTRERAS y la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, en su condición de víctima de la presente causa, la ciudadana Jueza dio inicio al acto, participándole a las mismas del objetivo del presente acto, por cuanto del presente proceso penal había sido admitida una acusación y se había decretado la Suspensión Condicional del Proceso, a favor del acusado, por lo que se verificaría si había o no cumplido con las condiciones impuestas durante el desarrollo de la audiencia prevista en el artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en este sentido la ciudadana jueza informó a las partes que de las condiciones impuestas en la fecha antes señaladas: las siguientes: 1- Someterse a una evaluación psicológica y de ser el caso someterse al respectivo tratamiento. 2- Realizar un favor social al Estado.3- Participar de forma activa en programas con perspectiva de género, de acuerdo a lo señalado en el informe conductual final, de fecha 18-09-13, suscrito por la abogada Milena Marrón y la abogada Olimpia Muller, en su condición de delegado de Prueba y Directora de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Distrito Capital, de la Dirección general de Asistencia Pospenitenciaria y al Adolescente egresado del Sistema de Responsabilidad Penal. En este sentido este Tribunal sede el derecho a la representante del Ministerio Público, quien manifestó. Solicito el sobreseimiento del proceso penal. Seguidamente se le sede el derecho de palabra al ciudadano JAIRO RAFAEL CONTRERAS, quien impuesto del precepto constitucional previsto en el artículo 49 numeral 5 manifestó: “no deseo declarar. Seguidamente se le cedió el derecho de apalabra a la Defensa Pública quien manifestó lo siguiente: “se decrete el sobreseimiento del proceso penal y las medidas impuestas en el presente proceso penal”. Acto seguido este Tribunal Cuarto en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente Pronunciamiento: Se decreta el sobreseimiento del proceso penal seguido contra el ciudadano JAIRO RAFAEL CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.705019, de conformidad a lo previsto en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 49 numeral 7 eiusdem, en virtud de la verificación del cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 11-09-12, durante el desarrollo de la audiencia prevista en el artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, motivos por los cuales se ordena librar oficio al Sistema Integrado de Información Policial, a los fines de que sea actualizada la data en los registros llevados por dicho organismo policial. Se acuerdan las copias certificadas de la decisión al abogado privado.. Se decreta el cese de las Medidas de Protección y de Seguridad dictadas en el proceso penal, previstas en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Téngase conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal por notificada a las partes del contenido de la presente decisión por haber sido dictada en Audiencia Oral. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las 10:10 horas del mediodía.
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ROSA MARGIOTTA GOYO
La Fiscala del Ministerio Público
OMAIRA GARCIA
EL ACUSADO
JAIRO RAFAEL CONTRERAS
LA DEFENSA PÚBLICA
JESSICA VOLWEIDER
El Alguacil
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La Secretaria
LOIMAR MONASTERIOS