REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno 9° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013).
203º y 154º.
ASUNTO: AP51-J-2013-017459.
Vista la Solicitud de Autorización Judicial para Cobrar, presentada por el ciudadano CARLOS GONZALO RENGIFO TORO, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.292.204, en su carácter de padre -guardador del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN de catorce (14) años de edad, quien se encuentra debidamente asistido por la abogada MIRIAM VIVAS, en su carácter de Defensora Pública Cuarta 4° de Protección, y revisadas como han sido exhaustivamente las actas que conforman el presente asunto, este Juez Noveno 9° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA al ciudadano CARLOS GONZALO RENGIFO TORO, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.292.221, a los fines de hacer efectivos los derechos de su hijo en el sentido de cobrar en nombre de su hijo el adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN de catorce (14) años de edad, la cuota parte del dinero que le pueda corresponder como beneficiario de su fallecida madre, ciudadana BRENDA SÁNCHEZ CASIQUE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-12.623.808. En tal sentido se ordena librar oficio a la Compañía MARAMBIO GONZÁLEZ Contadores Públicos, a fin de solicitar se sirvan remitir a este Tribunal en cheque de gerencia a nombre del adolescente antes mencionado la cuota parte del dinero que le corresponda por concepto de prestaciones sociales, Fideicomiso Caja de Ahorros, Política Habitacional, Seguro de Vida y cualquier otro beneficio dejado por su fallecida madre quien prestaba sus servicios laborales en dicha institución. Líbrese oficio a la mencionada empresa , a fin de solicitar se sirvan remitir en cheque de gerencia a nombre del SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN la totalidad del dinero que como beneficiario de su fallecida madre Por último se ordena la apertura de una cuenta de Ahorros al referido adolescente por ante la Entidad Bancaria Banco Industrial de Venezuela la cual no podrá ser movilizada sin autorización expresa de este Tribunal, para lo cual se acuerda librar oficio a la Oficina de Control y Consignaciones (O.C.C.) de este Circuito Judicial, solicitando gestione lo conducente por ante la entidad bancaria antes mencionada. Cúmplase lo ordenado.
El Juez,

Abg. Iván José Cedeño Gómez.
El Secretario,

Abg. Antonio Falcón.


IJCG/AF/Airam.
AP51-J-2013-17459