REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, 16 de Octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J2013-017832
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: MARTHA CECILIA ALVAREZ MARROQUIN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.852.549
ABOGADA: LIZA REVILLA, Abogada inscrita en el IPSA N° 57.487
DE CUJUS: JESUS SINECIO MEJIAS ALVAREZ
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana MARTHA CECILIA ALVAREZ MARROQUIN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.852.549, en su carácter de madre del de cujus, este Tribunal observa del acta de fecha 11/10/2013, cursante a los folios 12 y 13 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de las testigos, ciudadanas DEXI XIOMARA LARGO MEJIA e IRENE PEÑATE SARMIENTO, plenamente identificadas en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a los ciudadanos MARTHA CECILIA ALVAREZ MARROQUIN y SINECIO MEJIAS FERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 10.852.549 y V- 9.375.503, respectivamente, como beneficiarios del de cujus JESUS SINECIO MEJIAS ALVAREZ, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad N° V-25.532.741. Por último, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día dieciséis (16) de Octubre de dos mil Trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
Abg. LUISA OLIVEROS
LCD/LO/Brey*
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