REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de septiembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2013-002300

Vista la transacción presentada en fecha 19 de Septiembre de 2013, suscrita por la parte actora, la ciudadana MARIA LEONOR SORIANO, titular de la cédula de identidad Nº 10.009.756, debidamente asistido por el abogado PEDRO VILELA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 119.705, por una parte y por la otra, el abogado CESAR FREITES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 108.271, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente REPRESENTACIONES NOLVER, C.A, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de VEINTISIETE MIL SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (BS. 27.006,37), cancelado en su totalidad mediante Cheques N° 00038526, de la Cuenta Nº 0108-0580-57-0100021719, de fecha 19 de Septiembre de 2013, girado contra el BANCO PROVINCIAL, a nombre de MARIA LEONOR SORIANO, este Tribunal de la revisión de su contenido se constata que el mismo cumple con las formalidades establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores (LOTTT), HOMOLOGA dicha Transacción, procediendo como Cosa Juzgada.


El Juez

La Secretaria

Abg. Miguel Yilales Zurita

Abg. Suhail Flores