REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 18 de septiembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-002076

Vista la diligencia de fecha 16 de septiembre de 2013 realizada por el abogado José López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 49.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste de la demanda contra la co-demandada de forma personal ROSARIO ORDOÑEZ, y solicita se deje la respectiva constancia de certificación a los fines de celebrarse la audiencia preliminar, en consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero (23) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO solo en relación a la co-demandada de forma personal ROSARIO ORDOÑEZ. Asimismo, se ordena al Secretario dejar la respectiva constancia de certificación a los fines de celebrarse la audiencia preliminar. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 203° y 154º
LA JUEZ

ABG. LUISA ANDREINA ROSALES ZAMBRANO

EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO BOCCIA
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO BOCCIA