REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP41-U-2013-000247
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día dieciocho (18) de septiembre de 2013, por el ciudadano abogado ABEL EDUARDO GALARRAGA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 3.884.795, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.054, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil REPUESTOS REIGA, C.A. y por cuanto las Pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva; La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO I y II (MÉRITO FAVORABLE):
Se reproduce todo el mérito que se desprenda a nuestro favor en autos.
CAPITULO III (DOCUMENTALES):
Las pruebas documentales promovidas por el apoderado Judicial de la Recurrente, se encuentran agregadas a los autos:
a)Comunicación enviada en fecha 17 de marzo de 2011 y recibida por la División de Contribuyentes Especiales, Ministerio de Finanzas (Seniat Región Capital) en fecha 22 de marzo de 2011. (Folio 127 y 128)
b) Copia del Control de Investigaciones CICPC, Anexo con la letra “H” (Folio 117)
c) Comunicación enviada por la contribuyente en fecha 22 de diciembre de 2010 al Banco Industrial de Venezuela donde formalmente se denuncia la presunta irregularidad cometida con el cheque No. 63490045, por un monto de sesenta y seis mil trescientos treinta y nueve bolívares con setenta y cinco sentimos (Bs. 66.339,75), cheque girado a favor del Tesoro Nacional a la Planilla No. 1090629034 para el pago del IVA correspondiente al periodo 01/12/2010 al 15/12/2010.
LA JUEZA,

BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,

YANIBEL LÓPEZ RADA.-
BBG/ja